Consultoría de formación

Formación bonificada

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Descripción

Todas las empresas disponen de una ayuda económica para realizar formación que se hace efectiva de manera muy sencilla mediante bonificaciones a la Seguridad Social.

Esta claramente dirigida a empresas con trabajadores que estén dados de alta en el régimen general. Los autónomos no pueden disfrutar de sus beneficios.

Es de la cuantía que disponen todas las empresas que cotizan en el régimen general para la formación de sus trabajadores. El crédito mínimo con el que cuenta cualquier empresa es de 420 € y va en aumento dependiendo del número de trabajadores de esa empresa.

Este crédito, que no hay que entenderlo como un crédito bancario, es una cuantía para invertir en Formación, es decir, un importe que le corresponde a cada empresa, de uso libre en Formación. Una vez realizada la formación, el gasto será deducido mediante las cotizaciones a la Seguridad Social.

FAQs

¿Quién puede beneficiarse?

Todo trabajador dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social tiene derecho a poder formarse a través de este sistema siempre y cuando la empresa cumpla con los requisitos formales establecidos.

¿Cúal es el importe del que dispone mi empresa para gastar en formación gratuitamente?

Para saberlo con seguridad debe cumplimentar el Convenio de Adhesión y el Anexo II y enviárnoslo debidamente firmado a la dirección de correo de nuestra Sede Central o dejarlo en cualquiera de nuestros centros. De todas formas para hacerse una idea del crédito del que dispone puede hacerlo a través del Simulador de la Fundación Tripartita.