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Actualidad / 4 de mayo de 2021

Titulaciones de montaña, así afecta la nueva legislación

El Ministerio de Educación y Formación Profesional, organismo que regula las titulaciones de los Técnicos Deportivos, publicó 10 de enero de 2020 el texto definitivo del Real Decreto que hace referencia a las titulaciones de los guías de montaña.

Muchos de vosotros os preguntáis cómo afecta esto con respecto a cómo estaba la formación establecida y en qué ámbitos afecta.  Trataremos de hacer aquí un pequeño resumen a modo informativo para aclarar las dudas que muchos de vosotros nos habéis hecho llegar.

¿ Cuándo se comienza a aplicar la nueva legislación?
En primer lugar esta nueva legislación aunque ya está desarrollada no entra en vigor hasta  septiembre de 2021 que es cuando comienza el curso escolar 2021/2022. Así que los cursos que se realicen hasta esa fecha serán en base al real decreto anterior.

¿En qué cambian los cursos?
El principal cambio afectará a la carga horaria de los bloques específicos de todas las modalidades. Habrá un aumento de la carga lectiva, por lo que actualmente mismo es gran momento para sacarse la titulación, ya que a partir de la entrada en vigor de la nueva legislación  aumentará la carga lectiva y, consecuentemente, los centros repercutirán ese aumento en el el precio de los cursos.

Otro cambio importante es la nueva estructura de los cursos: dejará de existir el TD3 de Esquí de Montaña y el TD2 de Alta Montaña. 

Estructura
La nueva estructura será la siguiente :

  • TD1: CIM  Certificado de Iniciación al Montañismo y al Excursionismo.
  • TD2 ciclo medio:
    • Técnico Deportivo en Escalada
    • Técnico Deportivo en Barrancos
    • Técnico Deportivo en Media Montaña
  • TD3 ciclo superior:
    • Técnico deportivo superior en escalada –
    • Técnico deportivo superior en alta montaña.

Competencias profesionales
También variarán las competencias de los técnicos deportivos. En el caso de los TD1,  la titulación antigua no contaba con ninguna competencia y solo valía para acceder a formaciones de nivel 2. Ahora podrán guiar en baja montaña por “ senderos balizados “ y espacios naturales acotados, pernoctar en “terreno acotado en instalaciones estables en el medio natural”, y colaborar en el control de la seguridad en “parques de aventura en árboles o en estructuras artificiales”. 

Los titulados en barrancos y escalada también tendrán nuevas atribuciones. Podrán guiar en montaña estival y trabajar en el control de seguridad de parques de aventura. Por su parte, los titulados en barrancos podrán guiar en vías ferratas equipadas. 

Acceso a la formación
En cuanto a los requisitos para el acceso a la formación, no se producen cambiosSe mantienen los mismos requerimientos y se seguirán haciendo las pruebas de acceso como hasta ahora, introduciendo pequeñas modificaciones.

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